Prohíben celebrar eucaristías, bautismos y matrimonios en hoteles
La Conferencia Episcopal Panameña (CEP) regulará las celebraciones de las eucaristías, bautismos y matrimonios en todo el país, dio a conocer la Arquidiócesis de Panamá, este lunes 6 de marzo, mediante un comunicado.
Se emitió un decreto que establece que quedan prohibidas las celebraciones de los sacramentos de las eucaristías, bautismos y matrimonios en casas particulares, hoteles y otras locaciones, salvo los que prescribe el Derecho Canónico y con autorización expresa y escrita del Ordinario. Esto último se refiere a que se harán excepciones en casos, como por ejemplo, que uno de los contrayentes se encuentre en peligro de muerte en un hospital.
La medida fue tomada luego de que se constatara que en algunas prácticas para la evangelización, preparación y celebración de los sacramentos " se ha llegado a cometer abusos, movidos por intereses particulares y actitudes individualistas", señala el comunicado.
El documento agrega que antes de pretender invitar a un sacerdote o evangelizador, es obligatorio hacer llegar a la Curia de las respectiva diócesis, una carta de presentación y aprobación por parte del obispo o superior, en la que aparezca que el invitado no ha manifestado doctrinas u opiniones que se encuentran en oposición a la enseñanza de la iglesia católica y que no tienen ningún impedimento canónico.
El arzobispo de Panamá, José Domingo Ulloa, manifestó que este proceso será llevado a la cancillería de la Curia Metropolitana en comunión con la Vicaría de Pastoral, donde deben entregar los requisitos que se han establecido, que deben ser avalados por un sacerdote, quien será el que presente la solicitud.
Ulloa añadió que se hará un proceso de acreditación y formación de los predicadores.
El escrito también regula la participación de predicadores y ministerios de música, luego que se conoció de algunos casos en que los evangelizadores imponen como condiciones para su presentación tarifas fijas y requisitos exigentes de viajes, antes de su rol evangelizador.
En caso que alguien desobedezca lo establecido en el decreto, deberá responder a la respectiva diócesis en donde se efectuó la celebración del sacramento, que será la encargada de sancionar a la persona. No se dieron detalles de las sanciones. Un portavoz de la curia expresó que "no hay valor económico que pague un sacramento".
Este decreto fue promulgado el 13 de enero de 2017, pero se dio a conocer el pasado domingo 5 de marzo.