Autoridades panameñas inspeccionan hoteles y hospedajes clandestinos
Un hostal sin registro en el Departamento de Empresas Turísticas de la Autoridad de Turismo de Panamá (ATP) y dos hoteles con aviso de operación no actualizados, fue el resultado del último operativo contra hospedajes clandestinos realizado, este miércoles 27 de diciembre, en el corregimiento de Bella Vista.
La inspección inició en vía Argentina, en el Hotel Ramada, que funcionaba con registro comercial que no coincidía con el nombre de su permiso de operación, adicional no ha cumplido con el debido registro ante la ATP. Igual situación se detectó en el Best Western Plus hotel, ubicado en el mismo sector, por lo que las autoridades entregaron boletas de citación a la administración de ambos inmuebles.
Joahanna Franco, coordinadora de hospedajes clandestinos de la ATP, señaló que este operativo se realizó por denuncias recibidas a través del 311 y la Corregiduría de Bella Vista. “Durante las inspecciones verificamos que los negocios cumplan con todos los requisitos que exige la ley para ofrecer este tipo de servicios".
El residencial Oasis, ubicado en Bella Vista, promocionaba sus 19 habitaciones en redes sociales y no está registrado en el Departamento de Empresas Turísticas. “Este negocio tiene un mes para presentar documentación y hacer sus descargos, de lo contrario se impondrá la sanción económica correspondiente por operar al margen de la ley”, advirtió Franco.
Las inspecciones concluyeron en el PH Parque Urracá, donde se detectaron dos apartamentos con modificaciones con 8 y 10 habitaciones en un solo apartamento.
Este operativo contó con la participación del Ministerio de Comercio e Industria, Obras y Construcciones del Municipio de Panamá, Servicio Nacional de Migración, Corregiduría de Bella vista y Autoridad de Turismo.
En el 2017 se realizaron unos 15 operativos en unas 145 propiedades en el distrito capital, en los corregimientos de Bella Vista, Betania, San Francisco, Pueblo Nuevo, Ancón, entre otros.
La Ley #80 de 8 de noviembre de 2013 de la Autoridad de Turismo de Panamá, en su artículo 21 es clara, prohíbe todo arrendamiento inferior a cuarenta y cinco días, en el distrito de Panamá, a quienes no cuenten con permiso de alojamiento público turístico (edificios o residencias).
Dicho acto será sancionado por la Autoridad de Turismo de Panamá, con multa de cinco mil balboas (B/.5,000.00) a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00), considerando la gravedad de la falta y/o reincidencia en dicho acto, por parte del sujeto arrendador.