Castigarán con severidad a personas que causen falsas alarmas entre la población

07 de Agosto de 2013 10:13pm
raisa
Castigarán con severidad a personas que causen falsas alarmas entre la población

Con pena de cuatro a seis años de prisión serán castigadas las personas que perturben la paz pública, causen pánico o terror en la población o faciliten información falsa sobre la existencia de material radiactivo en los aeropuertos, transportes terrestres o marítimos. La iniciativa surge ante las falsas alarmas que causan pérdidas por movimiento de personal de seguridad.

Lo anterior forma parte del articulado del proyecto de ley que modifica el Código Penal, presentado ante el Pleno de la Asamblea Nacional de Panamá por el ministro de Seguridad pública, José Raúl Mulino.

El jefe de la seguridad nacional explicó que la iniciativa se da en virtud de que actualmente se están registrando falsas amenazas o alarmas en las terminales aéreas, terrestres o marítimas, con el fin de causar pánico entre las personas, provocando así, un despliegue de los estamentos de seguridad originando pérdidas de tiempo y dinero, aunado al trauma en la población.

Dicha norma establece que en caso de que este delito lo cometa una persona extranjera, una vez, cumplida la pena establecida en esta norma, se ordenará la deportación inmediata y el impedimento de entrada al país de forma permanente.

De igual forma, el ministro presentó dos iniciativas más, una de las cuales adiciona artículos a los Códigos Judicial y Procesal Penal, en lo relacionado con el traslado de los imputados a los lugares de cumplimiento provisional para que sea diferente.

La propuesta pretende establecer una excepción a la regla cuando se trata de delitos contra la seguridad colectiva, la humanidad, blanqueo de capitales, trata de personas, tráfico ilícito de migrante y delitos conexos, ya que, esta tipología delictiva está a medio camino entre una delincuencia profesional y la común.

La última de las iniciativas presentadas por el ministro Mulino establece los requisitos para que todos los refugiados y Asilados  puedan aplicar a la categoría migratoria de residente permanente.

La iniciativa consta de ocho artículos en los cuales se destaca que la ley solo será aplicada a las personas que tengan la condición jurídica de refugiados y estén debidamente registradas en la oficina Nacional para la Atención de Refugiados y a los asilados reconocidos por el Ministerio de Relaciones Exteriores.

El titular de Seguridad señaló que a través de esta medida, se busca regular su estatus de inmigrante y que puedan sufragar sus gastos evitando que se conviertan en una carga para el Estado.

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